Requisitos para que los Autónomos puedan recibir formación bonificada

Requisitos para que los Autónomos puedan recibir formación bonificada

 

Seguramente ya has escuchado hablar en más de una ocasión de la Formación Programada para las empresas y cómo puede ayudar tanto al empresario como al trabajador. Pero, ¿qué pasa si no soy una empresa jurídica sino un autónomo? Tranquilo, los autónomos pronto dejareis de ser los grandes perjudicados de la sociedad. Un autónomo con trabajadores asalariados a su cargo también podrá beneficiarse de la formación programada, aunque no esté inscrito como una persona jurídica.

Así que si eres autónomo y te interesa formar a tus trabajadores por medio de la Formación Programada para las empresas, hoy es tu día de suerte. Ya que en este artículo vamos a explicar todo lo referente a los autónomos formación bonificada, ¡no dejes de leer aquí!

Requisitos que debe cumplir el autónomo para llevar a cabo del proceso de Formación bonificada.

Como nos indica la propia web de Fundae, para acceder a la Formación Programada solamente debemos llevar a cabo ocho pasos.

El principal problema de los autónomos formación bonificada radica en el paso dos, ya que para la obtención del certificado digital es necesario estar en posesión del certificado digital de la persona jurídica (clase 2 CA).  

En este caso, para que los autónomos formación bonificada puedan actuar como entidad organizadora, deberán presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de alta, donde constará sus datos identificativos. Es decir, nombre, apellidos, NIF, teléfono y correo electrónico.
  • Declaración responsable para acreditar que se encuentra inscrito en el Registro de centros.

Además, esta documentación deberá ser remitida al número de fax 91 119 54 02, o bien a través de correo postal a la siguiente dirección: Calle Torrelaguna 56 – C.P.: 28027 Madrid.

Tras recibir el alta en la aplicación para poder gestionar como entidad organizadora, los documentos y requisitos serán los mismos que los de cualquier persona jurídica. 

¿Puede un autónomo formarse a través de los créditos de la Formación Bonificada?

Desde el 1 de Enero de 2019 los autónomos pueden acceder a la formación programada, es decir, si eres trabajador autónomo el Sistema de Formación Profesional para el Empleo también te ofrece la oportunidad de formarte a través de los planes de formación.

¿Cómo es esto posible? Pues bien el Real Decreto Ley 28/2018, del 28 de Diciembre, establece en el artículo 7 entre los tipos de cotización en Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos para 2019, en concepto de Formación Profesional un tipo de cotización del 0,1%.

¿Qué quiere decir esto? ¿Los autónomos formación bonificada podrán realizar este tipo de formación? Sentimos decirte que aunque la Ley 30/2015 del 9 de Septiembre abre la puerta a la realización de la formación bonificada por parte del autónomo, aún no existe una normativa específica que permita a los autónomos formación bonificada hacer uso de este crédito. Puede que esto pase en unos meses, así que mantente atento a las novedades, porque te informaremos de cualquier modificación.

Y… ¿En cuánto a los asalariados de los autónomos formación bonificada?

Como si de una persona jurídica se tratase, los trabajadores de los autónomos formación bonificada también deben cumplir una serie de requisitos para poder beneficiarse de la Formación Programada.

En primer lugar, la acción formativa que deseen realizar, es decir, curso, master o experto, debe estar en relación con el sector en el que esté llevando a cabo su actividad.

De igual modo, para que la obtención de la titulación se haga efectiva, el alumno deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber visualizado el 100% de los contenidos ofrecidos en la acción formativa.
  • Completar al menos un 75% de las autoevaluaciones y exámenes.
  • Que los autónomos formación bonificada dispongan del crédito suficiente para bonificar la acción formativa.
  • Estar conectado en la plataforma durante al menos el 75% de las horas de la teleformación.

¿Cuál es el crédito del que disponen los autónomos formación bonificada?

Como en el caso anterior, que la empresa sea gestionada por una empresa física o jurídica no afecta a la hora de calcular su crédito. Por lo que si tienes asalariados a tu cargo, dispondrás de un crédito mínimo de 420€ para formar a tus trabajadores a través de la formación programada.

Si cuentas con más de 5 trabajadores a tu cargo, desde Formación Programada te recomendamos que eches un vistazo a nuestras preguntas frecuentes, donde aparece un post que nos explica ¿Cómo calcular el crédito de formación bonificada? 

¡Perfecciona tu nivel por medio de Formación Programada!

Tanto si eres una empresa, ya sea física o jurídica, como un empleado, la Formación Programada te ofrece la oportunidad de obtener una formación gratuita y de calidad.

Por lo que si aún no estás totalmente convencido de realizar esta formación con nosotros, te invitamos a que eches un vistazo a nuestra gran oferta formativa, segmentada en diferentes categorías para que encuentres la formación que mejor se adapte a ti. 

 

Por INESEM | 13 marzo 2019 | Documentación Formación Programada | 0 Comentarios
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