A día de hoy, la competencia entre empresas es cada vez mayor y es por esto por lo que surge la formación programada para las empresas. Por ello, la diferenciación es un objetivo clave a perseguir y una de las formas para diferenciarse es la formación de los empleados. Además, que los trabajadores actualicen de forma continua los conocimientos y competencias supone mejoras en el crecimiento económico del Estado.
Es por ello que el gobierno creó la Formación Programada para empresas, una ayuda con la cual los trabajadores pueden formarse gratuitamente, gracias a la bonificación de la formación de hasta el 100%. En este artículo explicaremos detalladamente su definición, además de resolver las principales dudas que pueden surgir al respecto. Si estás interesado en conocer todo lo imprescindible respecto a la formación programada para empresas, ¡continua leyendo!
¿En qué consiste la Formación Programada?
La Formación Programada para las empresas consiste en ofrecer acciones formativas a los trabajadores orientadas a una formación de calidad y al mercado laboral para el correcto desempeño profesional. Es un crédito que se les concede a las empresas para invertir en la formación profesional de sus trabajadores.
Este crédito se obtiene a partir de las aportaciones de las empresas y trabajadores a la Seguridad Social. Por tanto, todas la compañías que ejerzan en territorio español que coticen en la Seguridad Social, pueden acceder a esta ayuda económica.
Se trata de una iniciativa desarrollada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) que tiene como objetivo ampliar y mejorar las competencias de los empresarios y trabajadores para que puedan hacer frente a los distintos cambios del mercado.
En resumen, la formación programada para empresas se encarga de facilitar a las empresas acciones formativas de calidad y bonificadas para que sus propios empleados estén bien formados profesionalmente en su sector laboral y sean capaces de enfrentarse a un mercado laboral cambiante. Consiguiendo así, mejorar sus competencias para aumentar su productividad.
¿De cuánto crédito dispone mi empresa? ¿Se puede acumular?
Los trabajadores de todas las empresas de España tienen derecho a acceder y realizar la formación programada. Para ello, las empresas disponen de un crédito anual que depende de las cotizaciones que se hayan realizado en el año anterior y del tamaño de la plantilla.
- Las empresas con 1-5 empleados disponen de una cantidad mínima de 420€.
- 6-9 empleados tienen el 100% de la cantidad cotizada.
- 10-49 empleados disponen del 75% de la cantidad cotizada.
- 50-249 empleados disponen del 60% de la cantidad cotizada.
- Más de 250 empleados disponen del 50% de la cantidad cotizada.
Este crédito, si que es acumulable, siempre y cuando, la empresa se lo comunique a FUNDAE, siempre a principios de años, y el crédito que tenga asignado de ese mismo año, se le acumulará para el año siguiente.
Solo se puede acumular durante dos años las empresas con menos de 50 trabajadores, siempre que se avise a FUNDAE con tiempo por la aplicación telemática en el primer semestre del ejercicio.
Si no se dispone del crédito necesario para la formación, también se puede cofinanciar de forma privada.
¿Quién puede beneficiarse de la Formación Programada?
Acceder a la Formación Programada para empresas es muy sencillo. Podrán obtener esta ayuda todas la empresas privadas con al menos un empleado. Además de que estas empresas coticen por la Formación Profesional a la Seguridad Social en territorio estatal.
También será necesario que las empresas que deseen beneficiarse de la formación programada estén al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Las personas trabajadoras que sean autónomos, no cotizan en concepto de Formación Profesional, por tanto no podrán realizar acciones formativas bonificadas por la Formación Programada. Lo mismo pasa con las empleadas del hogar.
En cuanto a los trabajadores del sector agrario, podrán acceder en períodos de actividad, por lo que será necesario definir las fechas de la formación programada.
Los empleados que estén de baja por enfermedad, sí podrán realizarlo. Respecto a los que estén de excedencia, podrán participar en la formación programada para empresas durante el primer año. A no ser que sea una excedencia voluntaria, en cuyo caso no podrán participar.
¿Cómo puedo bonificar la Formación Programada?
Para realizar y bonificar la formación programada deberás, además de cumplir los requisitos nombrados anteriormente, cumplir una serie de sencillos pasos que detallaremos brevemente.
Si eres un trabajador, deberás seleccionar una acción formativa relacionada con la actividad de la empresa o con tu puesto de trabajo e informar a la empresa que estás interesado en realizar un curso bonificada para trabajadores, para que lo autorice.
El siguiente paso es matricularse, entregar la documentación necesaria y comenzar la formación.
Si eres una empresa, de la misma forma debes seleccionar la acción formativa que quieres que cursen tus empleados y realizar la matrícula. Una vez realizada nuestros asesores se ponen en contacto contigo para pedir la información de tus empleados y la documentación requerida.
¿La formación es presencial, online o mixta?
La formación programada para las empresas puede realizarse desde cualquier formato. Puede ser presencial, online o mixta. En caso de tener que desplazarse a la ubicación donde se imparte la formación, será necesario el Permiso Individual de Formación.
Una de las ventajas de la formación online, es que no es necesario dicho permiso. Por ello, desde INESEM, apostamos por una formación online de calidad con los mejores contenidos y tutores disponibles. Entra y echa un vistazo a nuestro catálogo especializado.
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